viernes, 29 de enero de 2021

EL DERECHO A LA DESCONEXIÓN DIGITAL EN EL AMBITO LABORAL


EL DERECHO A LA DESCONEXIÓN DIGITAL EN EL AMBITO LABORAL

En diciembre de 2018, concretamente el día 6, se publicó en el BOE la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

Con ella se incorporaron en España 17 derechos digitales, entre los cuales se encontraba el DERECHO A LA DESCONEXIÓN DIGITAL EN EL AMBITO LABORAL que se encuentra regulado en el artículo 88 de dicha Ley.

El derecho a la desconexión digital es la limitación del uso de la tecnología fuera de la jornada laboral con el fin de garantizar el derecho de descanso del trabajador y la intimidad personal y familiar de este.

A pesar que puede parecer algo nuevo, y más hoy en día con el Teletrabajo y los avances tecnológicos, lo cierto es que la jurisprudencia ya se tenía que pronunciar sobre situaciones parecidas. La Audiencia Nacional, en su Sentencia de 17 de Julio de 1997, ya declaró nulas todas aquellas cláusulas de los contratos de los trabajadores que les obligaba a estar conectados a sus teléfonos móviles una vez finalizaba la jornada laboral.

Se puede entender que este derecho es un toque de atención a los empleadores que se aprovechaban de las nuevas tecnologías para tener al trabajador constantemente conectado fuera de la jornada laboral.

Cierto es, y debemos de tener presente, que no en todos los trabajos se debe de aplicar la desconexión digital de la misma manera. Por ello el segundo apartado del artículo 88 ya regula que las modalidades de ejercicio atenderán a la naturaleza y objeto de la relación laboral.

Por tanto, será el empleador, con previa audiencia de los representantes de los trabajadores, quien creará políticas internas en las que se fijara como se va a ejercitar este derecho y la formación de los trabajadores para cumplir este derecho, y todo ello teniendo en cuenta la naturaleza de la relación laboral.

Aunque ahora la duda queda ¿Creéis que este derecho se aplica correctamente? Dejad vuestro comentario

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